miércoles, 29 de agosto de 2012

Reglamento Sanitario Internacional (2005)

Reglamento Sanitario Internacional (2005) Hola amigos buenas noches como de costumbre y gracias a un grupo de compañeros y, en especial a un tutor que esta influyendo en la creación de estas notas de gran interés. Hoy como en anteriores ocasiones me es grato tener la oportunidad de publicar mi opinión sobre un tema de gran relevancia que nos compete no solo a los mexicanos, sino que va mas allá de nuestras fronteras. En esta ocasión hablaremos del Derecho Sanitario, pero como todo buen derecho esto también conlleva obligaciones, para poder normar y definir que alcance tiene este derecho, daremos una pequeña introducción del ente normativo que rige el otorgamiento de estos valores adquiridos. Al igual que México, 194 países se vinculan con esta normatividad. En el mundo de hoy en día y con la creación de nuevos medicamentos que contra-restan las enfermedades y el incremento de nuevas que en su fisonomía se vuelven mas complejas y adquieren la capacidad de propagación a gran velocidad, se crea el Reglamento Sanitario Internacional. Esto debido a la resolución de la Asamblea mundial de la Salud. Pero que es dicho Reglamento y de que nos habla…. Pues bien queridos amigos el RSI( Reglamentos Sanitario Internacional 2005), entro en vigor el 15 de junio del año 2007, y es un instrumento jurídico internacional de carácter vinculante entre el numero de países mencionados, y tiene por objeto ayudar a la comunidad internacional y obliga a los países a comunicar a la OMS (Organismo Mundial de la Salud) los brotes de ciertas enfermedades y determinados eventos de salud pública. RSI define los derechos y obligaciones para informar y tomar las medidas necesarias de prevención para proteger de contingencias de salud pública mundial por lo tanto tiene el objeto de ayudar a la comunidad internacional a poder afrontar dichos riesgos que amenaza a poblaciones de todo el mundo. Después de tener la idea global de este reglamento, uno de los punto de mayor relevancia a mi parecer es como introducirlo a cada miembro integrante de esta asamblea mundial, si bien la salud es un derecho de todos y la prevención es una obligación, desde un punto de vista muy particular los estatutos de este reglamento abren un apartado que menciona., que cada uno de los Estados que forman parte de este reglamento tendrán dos años para evaluar sus capacidades para posteriormente elaborar planes de acción nacional, seguido de tres años para cumplir los requisitos del Reglamento de acuerdo a cada sistema nacional de vigilancia y dar respuesta a la capacidad necesaria en los aeropuertos, puertos y fronteras para cualquier contingencia que se pudiese presentar. De tal manera cada país define sus contingencia y da solvencia a la problemática para dar información concreta a la RSI y mantener el control de sanidad mundial. Si bien, de alguna manera se tiene la mayoría de información de cada país, como hacer recolección para la gestión de este plan sanitario, la RSI creo los centros de Enlace para que los países puedan notificar cada evento y proporcione información adicional a cada punto de contacto regional, estos sitios darán servicio las 24 horas del día, todos los días del año. En la actualidad hay en existencia 193 Centros Nacionales de Enlace que designa el RSI, y seis puntos de contactos regionales de la OMS. Otra gestión importante para dar solvencia a la recolección y a la asesoría de información el Reglamento cuenta con asesoramientos externos que prevé procedimiento para obtener asesoramiento técnico independiente respecto se su aplicación. Uno de ellos es el establecimiento de un Comité de Emergencias que asesore al Director General de la OMS sobre si un evento constituye realmente una emergencia de salud pública de importancia internacional y sobre si procede formular, modificar, prorrogar o anular una recomendación temporal. Por otra parte, es tarea de un Comité de Examen asesorar al Director General sobre asuntos técnicos relativos a las recomendaciones permanentes, el funcionamiento del Reglamento y las enmiendas de éste. Uno de ellos es el establecimiento de un Comité de Emergencias que asesore al Director General de la OMS sobre si un evento constituye realmente una emergencia de salud pública de importancia internacional y sobre si procede formular, modificar, prorrogar o anular una recomendación temporal. Por otra parte, es tarea de un Comité de Examen asesorar al Director General sobre asuntos técnicos relativos a las recomendaciones permanentes, el funcionamiento del Reglamento y las enmiendas de éste. Para entender un poco mas la información que debe proporcionar cada Estado miembro, se tomara en cuenta todos aquellos problemas de emergencia sanitaria pública Internacional. Para entender a que se nos referimos son todos aquellos eventos extraordinarios de Salud Pública, que mediante procedimientos concretos, se ha determinado para dejarlo mas claro enlistaremos algunos. • Riesgo para la salud pública de otros Estados a causa de propagación internacional de una enfermedad. • Gravedad del impacto del evento en la salud pública • Carácter inusitado o imprevisto del evento. • Riesgo de restricciones a los viajes o al comercio a causa del evento Por último como se esta cumpliendo dicho reglamento a mi parecer, tal vez los mejores incentivos para el cumplimiento son la “presión de los países” y el conocimiento público. Con los medios electrónicos de hoy, nada puede ocultarse por mucho tiempo. Los Estados no quieren quedar aislados. Las consecuencias del incumplimiento pueden ser el deterioro de la imagen internacional, el aumento de la morbilidad/mortalidad de las poblaciones afectadas, la imposición unilateral de restricciones a los viajes y el comercio, la desorganización económica y social, y la indignación pública. Colaborar entre sí y con la OMS para controlar un evento de salud pública y comunicar con exactitud de qué manera se está abordando el problema ha ayudado a los países a protegerse contra la adopción unilateral de medidas injustificadas por otros Estados.

sábado, 18 de agosto de 2012

Arquitectura Mexicana Vanguardista.

Hoy en día la arquitectura contemporánea en el mundo al igual que la globalización ha generado cambios radicales en nuestra forma de vida. Para hacer frente a cada uno de estos retos, están surgiendo nuevas generaciones de arquitectos capaces de crear lugares mejor habitables que respetan nuestro contexto natural y mejoran el nivel de vida de cada uno de nosotros. Este artículo va dirigido a cada uno de ellos, claro sin dejar de pensar en cada uno de nosotros, porque al inicio y al final de estas propuestas radicales de belleza, arte y diseño; los que deben disfrutar de los espacios, el confort y la sutileza de cada trazo, son los usuarios. Los invitó a aprender mas de este tema…… y como claro ejemplo, les presento a un grupo de arquitectos llamados REED-Arquitectura, que a pesar de ser muy jóvenes ven la vida de esta manera y su forma apasionada de crear arquitectura es muy peculiar, este grupo de mexicanos seguramente estarán dando de que hablar y sin duda alguna se encontraran en la antesala de un México vanguardistas. https://www.facebook.com/pages/REED-
/124635767644291

viernes, 17 de agosto de 2012

Arquitectura & Salud.

Con inicio de estos trabajos e intentando tener notas de interés, me es grato comentar que para finales del mes de noviembre el Hospital Infantil de México Federico Gómez; se vestirá de gala, con la inauguración de dos Unidades Médicas las cuales atenderán a población procedente de todo el país, principalmente de la Zona Centro, es decir del Distrito Federal, Estado de México, Guerrero, Hidalgo, Veracruz, Oaxaca, Guanajuato, Puebla, Chiapas, Morelos, Tlaxcala, Michoacán, Querétaro y Veracruz. Este proyecto de Infraestructura Social, tiene como objetivo abatir en lo posible los padecimientos que presenta la población infantil de México de tipo Hemato-Oncológico y de Inmunodeficiencia, así como rehabilitación en problemas psicomotor.
Les dejo un avance del proceso de estas obras de salud Pública….